¿ES ABANDONO DEL HOGAR?
Se que vives en familia y estás instalado en todo un proceso de cuidado y atención a ella, implica: muchas responsabilidades y la necesidad de afecto o apego que te demandan los que la componen…
Pero has tomado la decisión, necesitas estar sólo.

Para no dañar, debes tener en cuenta:
- Cuida como expresar tus sentimientos y necesidades, el hecho de trasladarte de vivienda no implica que desatiendas a tu familia. Debe tener conocimiento tu pareja de tu marcha, de tus razones, y acordar las bases de cómo hacerlo.
- Sigue con todo contacto posible con tus hijos y atiende las obligaciones económicas que existan en la familia, en conjunto con tu pareja.
- Es imprescindible que recurráis a un mediador familiar, o letrad@, donde mediante las sesiones necesarias la pareja pueda tratar las medidas de familia.
- Esto no impide que te informes previamente con un letrad@ especializado en familia. El Código Penal tipifica el abandono económico de menores o personas dependientes o discapacitadas. Mientras que el código civil refiere consecuencias a la ruptura de la convivencia en la familia, afectando al uso de la vivienda, custodia o consecuencias económicas, siempre que el otro cónyuge o pareja quisiera instar un contencioso.
Mª José Zaragoza, 6-4-25.